31 de diciembre 2020
El decreto 1052/20 publicado en el Boletín Oficial el 29 de diciembre de 2020, prórroga por el plazo de 90 días, a partir del 31/12/2020, la vigencia del beneficio del art. 2 del Decreto 300/20 del 19 de marzo de 2020, prorrogado por sus similares Nros. 545 del 18 de junio de 2020, 695 del 24 de agosto de 2020 y 953 del 27 de noviembre de 2020.
La reducción en las alícuotas del impuesto sobre los créditos y débitos serán del 2,50% y del 5%.
La presente resolución general entró en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/239238/20201229