18 de agosto 2021

Mediante la comunicación “A” 7343, el Banco Central dispone, con efecto desde el 31/8/2021, la obligación para las entidades financieras de ofrecer a los solicitantes de la apertura en forma digital la opción de que se le emita o no una tarjeta de débito, tanto en el proceso de apertura como, posteriormente, en forma permanente y a través de medios electrónicos de comunicación.

De esa forma, aunque no es lo esperable para los usuarios que prefieren  la operatoria por los canales digitales, a todos ellos se les permite -cuando  opten por tomar la tarjeta de débito- acceder a la tarjeta física para poder operar en la forma tradicional, tanto los cajeros automáticos, terminales de auto servicio como por ventanilla, lo cual también  viene a obrar como una herramienta que da seguridad a los clientes para el caso de que, por cualquier circunstancia, no puedan realizarse las transacciones en forma electrónica.

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