16 de mayo 2022

Mediante la comunicación “A” 7511, el BCRA dispuso que las entidades financieras comprendidas en el Grupo “A” y las sucursales o subsidiarias de G-SIB no incluidas en ese grupo podrán integrar la exigencia de efectivo mínimo en pesos -del período y diaria- con “Bonos del Tesoro Nacional en pesos vencimiento 23 de mayo de 2027”, aplicando el mismo criterio previsto en las normas sobre “Efectivo mínimo” para la integración con “Bonos del Tesoro Nacional en pesos a tasa fija, vencimiento mayo de 2022”, consumiendo el cupo máximo previsto actualmente para los “Bonos del Tesoro Nacional en pesos a tasa fija vencimiento mayo de 2022”.

 

Comunicación "A" 7511

Integración del efectivo mínimo con bonos del tesoro nacional

A efectos de que los límites de financiamiento al sector público no financiero respecto de la RPC (nación -50%-, provincias -25% para cada una y el conjunto-, municipios -3% para cada uno y 15% para el conjunto- y consolidado general -75%-) no sean un impedimento para dicha integración, el BCRA exceptúa de dichos topes -previstos en el punto 6.1. del texto ordenado de las normas aplicables en la materia- las tenencias de los mencionados bonos que sean aplicadas al destino admitido.

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