9 de agosto 2022

comunicación A 7571

Las entidades financieras deberán abrir “Cuentas especiales para exportadores”

Mediante el punto 1. de la comunicación “A” 7571, el BCRA dispuso que los exportadores de bienes podrán hasta el 30/11/2022 acreditar el monto en pesos percibido como contraprestación a una liquidación de cobros de exportaciones en una “Cuenta especial para exportadores”, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones:

Contenido exclusivo para usuarios con Plan Experto. Para seguir leyendo iniciá sesión.
¿Aún no sos parte? Suscribite gratis o actualizá tu plan para acceder a todo el contenido.

©2024 DeNormas.com

Contacto

We're not around right now. But you can send us an email and we'll get back to you, asap.

Enviando

Inicia Sesión

¿Olvidó sus datos?