31 de mayo 2021
Mediante el Decreto N° 336/2021, el Gobierno reglamentó la ley que modifica el Impuesto a las Ganancias, aunque aún resta esperar el paquete de medidas con las resoluciones por medio de la cual el AFIP instrumente:
- Desde cuándo se cobra el impuesto con el nuevo piso
- Las tablas con los valores de las deducciones
- Las alícuotas especiales para los sueldos del rango que va entre $150.000 y $175.000
- Como serán los detalles del reintegro desde inicio del año (según adelantaron sería recién a partir del mes de julio y en cinco cuotas mensuales).
Los puntos destacados son:
- Se fija un piso de $150.000 de salario bruto (aclarando que la remuneración y/o haber bruto mensual comprende todos los importes que se perciban ya sea en dinero o en especie, se encuentren o no sujetos a aportes y/o contribuciones y se encuentren exentos o no en el impuesto) para los empleados mensualizados y 8 haberes mínimos para los jubilados ($164.568 al mes de mayo).
- Aguinaldo: queda excluido del cálculo de la base imponible
- Hijos con discapacidad: se elimina el tope de edad para poder deducirlos
- Se introduce la figura de concubino dentro de las cargas de familia
- Se exime hasta septiembre del pago de horas extras o guardias al personal de salud
- Se exime a los bonos de productividad, fallos de caja o de similar naturaleza hasta el 40% del mínimo no imponible.
- Permite deducir gastos por compras de herramientas educativas para los hijos, así como gastos en cursos de capacitación y por movilidad y viáticos
www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/244729/20210525