27 de diciembre 2022
Mediante la comunicación “A” 7662 (ver), el BCRA incorpora al listado del punto 10.14.5. de las normas de “Exterior y cambios”, relativo a los productos farmacéuticos y/o insumos utilizados en su elaboración local, otros bienes relacionados con la atención de la salud o alimentos para el consumo humano alcanzados por lo dispuesto por el Artículo 155 Tris del Código Alimentario Argentino, las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) que se detallan en Anexo.
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