19 de agosto 2021

Se publicó DNU 514-2021 por medio del cual se confirma que aquellos que perciban planes sociales podrán trabajar formalmente en el campo sin perder dichos beneficios.

De esta forma y gracias a la nueva reglamentación, los productores regionales, quienes venían reclamando desde hace tiempo alguna respuesta para poder contratar personal para cada cosecha, esperan lograr contar con trabajadores que deseen nuevamente ingresar a la actividad formal, gracias al beneficio de contar con poder cobrar el plan social y recibir un salario diario por la cosecha.

El reclamo era que aquellos que históricamente trabajaban ocasionalmente para la cosecha, dejaron de hacerlo para no perder los beneficios de la asistencia social, con lo cual en el campo falta mucha mano de obra de trabajadores.

A través de este decreto, el Gobierno Nacional dispone que aquellas personas que sean contratadas bajo las modalidades de trabajo temporario o trabajo permanente discontinuo, conforme lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley Nº 26.727 y su modificatoria, y las que sean contratadas para desarrollar actividades agropecuarias bajo la modalidad establecida en el artículo 96 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, tendrán derecho a los beneficios que acuerda el decreto de referencia, por el término de  DOS (2) años.

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