8 de febrero 2021

Mediante la comunicación de referencia, el Banco Central, dispuso permitir la cancelación de capital e intereses de deudas por emisiones de títulos en el exterior concertadas a partir del 5/2/21 con una suscripción local hasta el 25 %, en las siguientes condiciones:

  1. Demostrar exportaciones oficializadas con anterioridad a la emisión de los títulos de deuda o que los fondos colocados se utilizaron para cancelar obligaciones con el exterior.
  2. Los títulos de deuda tengan una vida promedio mayor a cinco años.
  3. El primer pago de capital se realice a partir del tercer año.
  4. La totalidad de los fondos suscriptos en el país y en el exterior se hayan liquidado en el mercado de cambios.

Es evidente que con esta medida el Banco Central continúa con su política de flexibilizaciones de facilitar el acceso de las empresas locales al financiamiento externo, en este caso, sujeto a que sea de largo plazo -para la obtención de nuevos recursos o reestructurar deudas-, obviamente, con los únicos objetivos de descomprimir la demanda sobre el mercado oficial de cambios y de facilitar la administración de las reservas internacionales del país.

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