31 de mayo 2021

Mediante el Decreto N° 336/2021, el Gobierno reglamentó la ley que modifica el Impuesto a las Ganancias, aunque aún resta esperar el paquete de medidas con las resoluciones por medio de la cual el AFIP instrumente:

  • Desde cuándo se cobra el impuesto con el nuevo piso
  • Las tablas con los valores de las deducciones
  • Las alícuotas especiales para los sueldos del rango que va entre $150.000 y $175.000
  • Como serán los detalles del reintegro desde inicio del año (según adelantaron sería recién a partir del mes de julio y en cinco cuotas mensuales).

Los puntos destacados son:

  • Se fija un piso de $150.000 de salario bruto (aclarando que la remuneración y/o haber bruto mensual comprende todos los importes que se perciban ya sea en dinero o en especie, se encuentren o no sujetos a aportes y/o contribuciones y se encuentren exentos o no en el impuesto) para los empleados mensualizados y 8 haberes mínimos para los jubilados ($164.568 al mes de mayo).
  • Aguinaldo: queda excluido del cálculo de la base imponible
  • Hijos con discapacidad: se elimina el tope de edad para poder deducirlos
  • Se introduce la figura de concubino dentro de las cargas de familia
  • Se exime hasta septiembre del pago de horas extras o guardias al personal de salud
  • Se exime a los bonos de productividad, fallos de caja o de similar naturaleza hasta el 40% del mínimo no imponible.
  • Permite deducir gastos por compras de herramientas educativas para los hijos, así como gastos en cursos de capacitación y por movilidad y viáticos

www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/244729/20210525

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