15 de mayo 2023

A través de la Comunicación “B” 12539 (ver), el BCRA aclara que las cuentas especiales para exportadores previstas en el punto 3.14. de las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales”, abiertas a nombre entes que reciban asistencias financieras y/o aportes no reintegrables de organismos internacionales, sus agencias asociadas, bancos multilaterales de desarrollo o agencias oficiales de crédito, admiten

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Comunicación B 12539 | Cuentas especiales para exportadores

 

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