25 de enero 2022
Mediante la comunicación “A” 7444, el BCRA vuelve a prorrogar, esta vez hasta el 31.7.22 inclusive, la vigencia de lo previsto en el punto 9.3. -disposiciones transitorias- del texto ordenado relativo al financiamiento al sector público no financiero, por lo cual hasta dicha fecha dicho financiamiento se considerará como concepto excluido -de cumplirse las condiciones previstas en su punto 3.2.5.-, a los fines del cómputo de los límites básicos individuales y globales establecidos en materia de fraccionamiento del riesgo crediticio en sus puntos 6.1.1. y 6.1.2., respectivamente, por hasta el importe equivalente al límite básico individual previsto en el punto 6.1.1.1. por el que puede financiarse a la jurisdicción de que se trate.
Como es habitual, el BCRA también dispuso que los adelantos que se encuentren vigentes al 1.8.22 pasarán a estar sujetos a los límites crediticios señalados precedentemente.