3 de febrero 2021
Mediante Comunicación “A” 7061, el BCRA dispuso, con referencia a las disposiciones judiciales originadas en juicios entablados por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante las cuales se solicita la información o se ordena la traba o levantamientos de embargos generales de fondos y valores y otras medidas cautelares, o la transferencia de los fondos embargados que, a partir del 1.10.2020, la consulta de saldo realizada por la Cámara Compensadora Electrónica (COELSA) en el marco del proceso online implicará también el embargo de los fondos en la cuenta consultada por el monto total del oficio. Luego, COELSA realizará la compensación en línea de los montos embargados, indicando las liberaciones correspondientes en los casos en que sea necesario.
Con posterioridad, el 2.10.2020, la vigencia de las modificaciones introducidas en las Secciones 5. -Gestión de Oficios por COELSA- y 7. -Incumplimiento-, de las normas sobre “Disposiciones Judiciales originadas en juicios entablados por la AFIP (T.O.), ha sido diferida por la Comunicación “A” 7124 al 1/2/2021.
Con fecha 28.1.2021, las distintas asociaciones de bancos (ABA, ABE, ADEBA y ABAPPRA), en forma conjunta, según se señala en el mismo texto de la comunicación que analizamos, presentaron una petición de prórroga ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la que estimamos con fundamento en que tanto COELSA como las entidades financieras deben adecuar sus respectivos procesos en los que han de impactar los referidos cambios y en la complejidad de esa necesaria implementación, todo lo cual requería de un mayor margen temporal para poder operar en esta temática conforme a las reglas establecidas por la Comunicación “A” 7061.
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