21 de diciembre 2020

Según consta en la resolución, es emitida para diseñar el Plan de Trabajo para la elaboración de la Evaluación Nacional de Riesgo de Lavado de Activos.

Es una información estadística para cooperativas y mutuales que revisten el carácter de sujetos obligados ante la UIF.

Lo primero que surge es el plazo establecido por el artículo 2: deberá ser presentada hasta el 30 de diciembre de 2020.

Teniendo presente que la información estadística abarca tres períodos anuales, 2018, 2019 y 2020 y que estas dos semanas son en realidad no laborables íntegramente, y particularmente con tareas específicas de atención a los socios, resulta menester que este plazo se prorrogado hasta el 31 de enero de 2021.

No se vislumbra una necesidad imperiosa de producirla con urgencia antes del 30 de diciembre de 2020.

En cuanto a los datos solicitados, muchos de ellos deben ser obtenidos de sistemas de ejercicios anteriores, con lo cual puede dificultarse o retrasarse su obtención.

Cuando requiere Monto/Volumen total de créditos otorgados o ayudas económicas, entiendo es la sumatoria de todas las liquidaciones otorgadas en el año. Al igual que en el caso del servicio de gestión de préstamos.

En cuanto al monto/volumen total de recursos captados del ahorro de los asociados, se debería considerar el monto operado por cada asociado. Lo que implica un arduo trabajo, teniendo en cuenta que deben considerarse quienes no superaron el límite de $168.000 anuales.

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