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Se sustituye la Cláusula Transitoria Quinta del Anexo I del Código Fiscal (t.o. según Decreto N° 69/21).
Se introducen las modificaciones al Código Fiscal con vigencia en el año 2017.
Se exime del pago de la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza, y del impuesto inmobiliario a beneficiarios.
Se Incorpora el Artículo 15 bis a la Ley 6394, texto consolidado por Ley 6588, respecto del cupo fiscal...
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