12 de octubre 2021
Mediante su Resolución General N° 907/2021, la Comisión Nacional de Valores (CNV), adoptó las siguientes medidas:
1.Se establece un límite de 50 mil nominales semanales para la venta de valores negociables denominados en dólares estadounidenses y emitidos bajo ley local con liquidación en moneda extranjera, en el segmento “PPT”, es decir, el de la negociación electrónica con concertación automática de operaciones mediante el sistema de negociación por pantalla, en el cual rige la “prioridad precio-tiempo” para la elegibilidad de ofertas.
Es decir, que el nuevo tope se extiende a las transacciones “Dólar MEP” porque hasta el presente solo era de aplicación en las operaciones “Dólar Cable”.
Esta nueva medida está dirigida a que el Banco Central tenga que destinar menos divisas de las reservas internacionales a contener la brecha cambiaria entre las cotizaciones financieras “reguladas” por su intervención, fundamentalmente la realizada con el título AL30, y el dólar estadounidense del mercado de cambios.
2.Solo se podrán cursar órdenes para concertar operaciones con valores negociables con liquidación en moneda extranjera o realizar transferencias de valores negociables desde o hacia entidades depositarias del exterior, si
a- En los 30 días corridos anteriores no se concertaron operaciones de venta de valores negociables nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo ley local, con liquidación en moneda extranjera, en el segmento “PPT”.
b- Existe manifestación fehaciente de no realizar operaciones definidas en el punto a- partiendo del momento en que se liquidan las referidas operaciones y por los 30 días corridos subsiguientes.
3.Se dispone el cese de las restricciones a la venta de valores negociables denominados en dólares estadounidenses y emitidos bajo ley extranjera con liquidación en moneda extranjera. Esto significa, en el caso, por ejemplo, del GL30, que dejará de tener el topo de USD. 50.000 nominales semanales que antes tenía como el AL30.
Se informó que la Resolución General N° 907/2021 se dictó a en coordinación con el Banco Central y el Ministerio de Economía de la Nación, con el propósito de contribuir con una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real, en el marco de la política económica actual.
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