1 de marzo 2021
Se publicó en el Boletín Oficial la Res N° 92/2021 DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a través de la cual se establece que será justificada la inasistencia del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, sin que ello produzca la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto.
La constancia de la aplicación de la vacuna, previa autorización del empleador, constituirá justificación suficiente, tanto para el vacunado como para los responsables de personas a su cargo.
www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/241245/20210226