2 de diciembre 2020

Informamos que el día 30 de noviembre de 2020, se publicó en el Boletín Oficial la normativa (Decreto 961/2020) mediante la cual se amplía hasta el 25 de enero de 2021 la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto Nro. 34/2019 y ampliada por el Decreto Nro. 528/2020 a partir del vencimiento de la vigencia de esta última norma.

Por lo tanto, se establece que los trabajadores despedidos “sin causa” tendrán derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad con los términos del artículo 3° del Decreto Nro. 34/2019 y la legislación vigente en la materia.

O sea, que se duplican “todos los rubros indemnizatorios originados con motivo de la extinción incausada del contrato de trabajo”. En consecuencia, se duplica:

  • Indemnización por antigüedad (art. 245, ley 20.744)
  • Indemnización por preaviso no otorgado (arts. 231 y 232, ley 20.744)

Se aclara, además, que el presente decreto no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Nro. 34/2019 ni al Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley Nro. 24.156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integran. Además, solo rige para los trabajadores contratados hasta el día 13 de diciembre de 2019, que se encuentren bajo la Ley de Contrato de Trabajo, no amparando la duplicación a aquellos despidos incausados de los trabajadores que iniciaran su actividad con la empresa mediante un contrato de trabajo a partir del 14 de diciembre de 2019, a fin de ser – de alguna forma – un incentivo para la creación de nuevos puestos de trabajo.

La presente norma entrará en vigencia a partir del vencimiento del plazo establecido por el artículo 1° del Decreto Nro. 528/2020.

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/237845/20201130

Recordemos que el viernes 13 de diciembre de 2019 se publicó en el Boletín Oficial el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 34/2019, mediante el cual se declaró la emergencia pública en materia ocupacional por el término de ciento ochenta (180) días contados a partir de la misma fecha de entrada en vigencia del citado decreto. Este plazo fue prorrogado por 180 días más a través del DNU 528/2020 publicado el 10/06/2020, pero en esta ocasión la ampliación no fue por 180 días como anteriormente, sino hasta el 25 de enero de 2021.

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