8 de marzo 2021

Anualmente, el Banco Central requiere a las entidades financieras la presentación del Régimen Informativo sobre Plan de Negocios y Proyecciones e Informe de Autoevaluación del Capital que, además, incluye información vinculada con la estrategia de negocios, su impacto mediante la proyección de los balances y relaciones prudenciales, las pruebas de estrés realizadas y el proceso de evaluación de la suficiencia del capital por parte de las entidades en función de su perfil de riesgos.

También, anualmente, se procede a la actualización de las normas de procedimiento aplicables que recogen las modificaciones normativas producidas y/o necesidades informativas.

Atento ello, se emitió la comunicación del epígrafe mediante cuyos términos se adecuan los siguientes puntos:

  • Se aclara en el Cuadro B – Resultados del Apartado II que los períodos siguientes al punto de partida se informarán sin acumular, aunque incluyendo en los flujos proyectados mensuales -excepto en el primer mes de cada año- el efecto de reexpresar el respectivo saldo acumulado al fin del mes anterior;
  • Se habilita la información de los importes del punto de partida para los conceptos en pesos comprendidos en el Cuadro D.1 Efectivo Mínimo del Apartado II y se adecua la referencia sobre la integración del título público BOTE2022;
  • Se indica que, en esta oportunidad, las entidades NO deberán informar el punto 3. “Diferencias respecto de las proyecciones consignadas en el “Régimen Informativo Plan de Negocios y Proyecciones e IAC” correspondientes al período anterior del Apartado I;
  • Se incorpora, en las partes pertinentes, las referencias respecto de las entidades del Grupo “C”;
  • Se difunden, como se hace habitualmente mediante el Apartado III de las Normas de Procedimiento respectivas, los Supuestos Macroeconómicos aplicables al período 2021/2022 (Crecimiento Económico, Inflación y Depósitos del Sector Privado);
  • Por último, se dispone que, excepcionalmente, el vencimiento para la presentación de los Apartados I y II operará el 12.4.2021, mientras que para la presentación de los Apartados IV y V el vencimiento operará el 3.5.2021.

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