24 de junio 2021

Mediante la Comunicación “A” 7311 del título, el Banco Central dispuso que las entidades financieras podrán reasignar el cupo total disponible para asistir crediticiamente al sector público no financiero (nación, provincias y municipios), es decir, el margen no utilizado del límite básico global para la totalidad de las financiaciones otorgadas al sector público no financiero, cuyo máximo equivale al 75 % de la responsabilidad patrimonial computable de la entidad financiera (RPC).

Dicha reasignación implica que el margen global no utilizado podrá aplicarse a financiar al sector público no financiero provincial –incluyendo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)–, sin exceder por cada jurisdicción -considerada individualmente- el 25 % de la RPC de la entidad prestamista.

Sin embargo, en ningún caso, el total de las financiaciones otorgadas al sector público no financiero provincial –incluyendo la CABA– y/o municipal podrá superar el límite básico global del 25 % de la RPC de la entidad prestamista. En esos términos, y a modo de ejemplo, si se reasignará el margen disponible financiando por el 25% de la RPC de la entidad financiera prestamista a un único gobierno provincial, se habrá agotado el margen global disponible reasignable según esta nueva normativa.

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