25 de marzo 2021

El viernes 19/3/2021 se publicó la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N° 142/2021, mediante la cual precisó los alcances de la aplicación de la Ley N° 27.555 de teletrabajo, que entrará en vigencia el 1° de abril, para los empleados que deben realizar trabajo a distancia con motivo del COVID-19.

La resolución menciona brevemente que “mientras se mantengan las restricciones y/o recomendaciones sanitarias dictadas por las autoridades nacionales, provinciales o locales, la circunstancia de que los trabajadores y las trabajadoras se vean impedidos de cumplir con el deber de asistencia al lugar de trabajo y realicen las tareas en su domicilio en función de lo dispuesto por el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020, sus modificatorios y complementarios, y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 207 del 17 de marzo de 2020 y sus modificatorias, o de las medidas que el empleador hubiera decidido implementar en forma preventiva para minimizar los riesgos de contagio, no podrá ser considerada como sustitutiva del acuerdo escrito que exige el artículo 7º del Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo como expresión de voluntad de las partes.”

O sea, que los empleados que deban realizar home office para “minimizar los riesgos de contagios”, NO podrán ser considerados dentro del régimen dispuesto en la Ley de Teletrabajo, que establece el principio de voluntariedad – que debe ser voluntario y prestado por escrito -.

A partir de la entrada en vigencia de la nueva ley (1/4/2021) y en la medida que sigamos limitados para concurrir al puesto de trabajo, aquellos empleados que comenzaron con tareas de home office a consecuencia de la emergencia sanitaria producto del COVID-19 y que no pudo volver a su antigua oficina, no será considerado teletrabajador, a diferencia de un nuevo empleado que surja de un contrato nuevo a partir de la entrada en vigor de la ley establecido con el principio de voluntariedad.

 

www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/242073/20210319

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