30 de diciembre 2020

Mediante esta Comunicación “A” 7191,  el Banco Central anunció el 28/12/2020 el lanzamiento de las Letras Internas del Banco Central de la República Argentina en pesos liquidables por el Tipo de Cambio de Referencia a que se refiere la Comunicación “A” 3500, que están exclusivamente orientadas al sector minero (LEMIN) sin retribución alguna, es decir que la tasa de interés es 0%.

Se estableció que podrán participar de la suscripción las entidades financieras por cuenta y orden de sus clientes inscriptos en el Registro Fiscal de Actividades Mineras y comprendidas dentro de la Ley 24.196, siempre que estos hayan liquidado por el mercado de cambios el día de la suscripción ingresos por cobros, anticipos o prefinanciaciones de exportaciones de bienes del exterior por al menos el equivalente en moneda extranjera del importe a suscribir en pesos tomando en consideración el Tipo de Cambio de Referencia de ese día.

Las ofertas  deberán  canalizarse a  través del  sistema SIOPEL   del Mercado Abierto Electrónico S.A. y el plazo de la Letra será 180 días.

Al vencimiento de la letra, se podrá renovarla por otros 180 días o solicitar la liquidación que se realizará al valor nominal suscripto aplicando el coeficiente que resulte de dividir el Tipo de Cambio de Referencia correspondiente al día de vencimiento de la Letra por el Tipo de Cambio de Referencia correspondiente al de la fecha de suscripción.

El Tipo de Cambio de Referencia se determina de acuerdo con la metodología publicada en la Comunicación  “A” 3500 y se encuentra disponible en la Web del BCRA. Cuando el vencimiento de la letra se produzca en un día inhábil, la liquidación se efectuará el primer día hábil siguiente.

El agente de registro, liquidación y depositario único será la CRyL.

Estas nuevas letras serán intransferibles.

Asimismo, los tenedores de estas letras también podrán optar por ejercer la opción de rescate total o parcial a partir del día 30 contado desde la fecha de suscripción. En este caso, la liquidación se realizará aplicando al valor de adquisición de la Letra la variación del Tipo de Cambio de Referencia entre la fecha de suscripción y la de recompra por parte del BCRA.

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